A partir del 1º de diciembre de 2005 entró en vigor la disposición que indica "para poder deducir combustibles se tendrá que utilizar los medios de pago con Cheques Nominativos, Tarjetas de Crédito, Debito y de Servicios, además de los Monederos Electrónicos autorizados por el SAT, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00 (dos mil pesos).
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![]() A los contribuyentes, consumidores y a la opinión pública en general El Gobierno Federal ha instrumentado un programa de combate al robo de combustibles integrando diversas acciones en la cadena de producción, distribución y venta. En relación a la última etapa de la cadena, en diciembre de 2004 se aprobaron modificaciones a las disposiciones fiscales que buscan combatir las prácticas indebidas contra los consumidores en la venta de combustibles, y de evitar la evasión fiscal a partir de deducciones ficticias. Una de estas modificaciones es la de exigir como requisito en la deducción fiscal del gasto en combustibles, que el pago se realice mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, o de servicios, o a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT. A poco más de un mes de haberse iniciado la vigencia de la obligatoriedad de utilizar los medios mencionados para la deducción de combustibles, los contribuyentes han enfrentado dificultades para cumplir, como:
Así, en beneficio de los consumidores y contribuyentes, el Gobierno Federal ha decidido instrumentar las siguientes medidas transitorias:
Las instituciones que conforman el grupo de trabajo, periódicamente darán seguimiento y evaluarán la instrumentación de estas acciones, a fin de sancionar a las gasolineras incumplidas. Asimismo, se dará a conocer a la ciudadanía la información sobre los avances y resultados de las acciones que se lleven a cabo. | ||
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Facilidades para la deducción de gastos en combustibles
a. Número de la o las estaciones de servicio donde se realizó el consumo de combustible y el pago en efectivo. b. Monto total de la compra por cada estación de servicio c. El motivo por el cual se realizó el pago en efectivo Esta información se podrá presentar vía Internet o en cualquiera de las Oficinas de Atención al Contribuyente del SAT, y servirá para que las autoridades tomen las medidas correctivas pertinentes. |
Establecimiento de un esfuerzo coordinado de vigilancia, evaluación y supervisión A fin de facilitar y vigilar el cumplimiento por parte de las gasolineras de sus obligaciones fiscales, de franquiciatarios de PEMEX, y en materia de protección al consumidor, se conformó, el día 23 de enero, un grupo de trabajo integrado por el Servicio de Administración Tributaria, la Procuraduría Federal del Consumidor y Petróleos Mexicanos. Este grupo garantizará que:
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Servicio de Administración Tributaria
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Procuraduría Federal del Consumidor
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Petróleos Mexicanos
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