La vida y obra de Gustavo Mendoza Tomasis, un sujeto poco común. www.tomasis.com.mx

miércoles, enero 25, 2006

Nueva disposición temporal para deducción de gasolina.

    Para los que deducen su gasolina. Estas son las nuevas disposiciones que el SAT publicó en su página el día de ayer. Debe entenderse que son medidas transitorias y que no se está dando marcha atrás a la medida. Si se paga en efectivo, se tiene que justificar ante el SAT el hecho.
 
    Como comentario adicional, en mi estado de cuenta de una tarjeta Santander-Serfín que tengo, llegó el aviso de que si acaso me llegaran a cobrar comisión en alguna gasolinera, puedo denunciar el hecho a su HelpDesk telefónico (800)501-0000 con baucher en mano ya que ellos solicitarán nombre del establecimiento, afiliación, num de autorización, fecha y hora del cargo.
   
 



Deducción por la compra de combustible

A partir del 1º de diciembre de 2005 entró en vigor la disposición que indica "para poder deducir combustibles se tendrá que utilizar los medios de pago con Cheques Nominativos, Tarjetas de Crédito, Debito y de Servicios, además de los Monederos Electrónicos autorizados por el SAT, aun cuando dichos consumos no excedan el monto de $2,000.00 (dos mil pesos).

Atento aviso

A los contribuyentes, consumidores y a la opinión pública en general

El Gobierno Federal ha instrumentado un programa de combate al robo de combustibles integrando diversas acciones en la cadena de producción, distribución y venta.

En relación a la última etapa de la cadena, en diciembre de 2004 se aprobaron modificaciones a las disposiciones fiscales que buscan combatir las prácticas indebidas contra los consumidores en la venta de combustibles, y de evitar la evasión fiscal a partir de deducciones ficticias. Una de estas modificaciones es la de exigir como requisito en la deducción fiscal del gasto en combustibles, que el pago se realice mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, o de servicios, o a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

A poco más de un mes de haberse iniciado la vigencia de la obligatoriedad de utilizar los medios mencionados para la deducción de combustibles, los contribuyentes han enfrentado dificultades para cumplir, como:
  • Carencia de terminales punto de venta para recibir pagos por medios electrónicos en las gasolineras;
  • Cobro indebido de comisiones en el pago con tarjetas de crédito o débito;
  • Lentitud en el cobro cuando se paga con estas tarjetas.
Situaciones que no son aceptables y deben ser corregidas.

Así, en beneficio de los consumidores y contribuyentes, el Gobierno Federal ha decidido instrumentar las siguientes medidas transitorias:
  1. Facilidades para la deducción de gastos en combustibles
  2. Establecimiento de un esfuerzo coordinado de vigilancia, evaluación y supervisión
Con apoyo en las denuncias y en la información mensual que presenten los contribuyentes, estas entidades gubernamentales llevarán a cabo las acciones siguientes :
Las instituciones que conforman el grupo de trabajo, periódicamente darán seguimiento y evaluarán la instrumentación de estas acciones, a fin de sancionar a las gasolineras incumplidas. Asimismo, se dará a conocer a la ciudadanía la información sobre los avances y resultados de las acciones que se lleven a cabo.

Facilidades para la deducción de gastos en combustibles

  • Cuando el contribuyente pueda pagar con tarjeta de crédito o débito, así como con monederos electrónicos, se aceptará como comprobante fiscal válido el estado de cuenta bancario o su equivalente. En estos casos no será necesario solicitar la factura correspondiente.

  • El contribuyente podrá pagar en efectivo solicitando la factura correspondiente cuando:

    • La gasolinera no cuente con los medios electrónicos para recibir el pago;
    • Se pretenda cobrar comisiones o cargos adicionales al del combustible, por utilizar medios de pago electrónico, como tarjetas de crédito o débito;
    • Exista tardanza por parte del expendedor para aceptar pagos por medios electrónicos.
En estos casos, mensualmente, el contribuyente deberá presentar ante el Servicio de Administración Tributaria la siguiente información:

a. Número de la o las estaciones de servicio donde se realizó el consumo de combustible y el pago en efectivo.

b. Monto total de la compra por cada estación de servicio

c. El motivo por el cual se realizó el pago en efectivo

Esta información se podrá presentar vía Internet o en cualquiera de las Oficinas de Atención al Contribuyente del SAT, y servirá para que las autoridades tomen las medidas correctivas pertinentes.

Establecimiento de un esfuerzo coordinado de vigilancia, evaluación y supervisión

A fin de facilitar y vigilar el cumplimiento por parte de las gasolineras de sus obligaciones fiscales, de franquiciatarios de PEMEX, y en materia de protección al consumidor, se conformó, el día 23 de enero, un grupo de trabajo integrado por el Servicio de Administración Tributaria, la Procuraduría Federal del Consumidor y Petróleos Mexicanos. Este grupo garantizará que:
  1. A la brevedad posible, todas las estaciones de servicio cuenten con terminales punto de venta para aceptar el pago con medios electrónicos.

  2. No se realice el cobro de comisiones  adicionales al consumidor

  3. La transacción electrónica sea expedita.

Servicio de Administración Tributaria
 
  • Verificará que las estaciones de servicio expidan y entreguen el comprobante que emite el sistema de control volumétrico, por cada una de las cargas de combustible que realicen los consumidores.
  • Realizará la difusión de todas las medidas y disposiciones relacionadas con el tema de deducción de combustibles, para que los contribuyentes las conozcan y puedan cumplirlas correcta y oportunamente.
  • Efectuará revisiones fiscales a los expendedores de combustibles, incluyendo a las personas físicas propietarias de gasolineras, para verificar que cumplen con sus obligaciones fiscales.

Procuraduría Federal del Consumidor
  • Recibirá denuncias que presenten los consumidores, por cualquier cargo adicional que se haga por pagar combustibles con medios electrónicos.
  • Vigilará que se apliquen los precios legales para la venta de gasolina, evitando cobros adicionales.
  • Comunicará a PEMEX la violación de los precios legales, a fin de que éste proceda a rescindir el contrato de suministro.
  • Actuará con todo rigor en las estaciones de servicio en las que se detecten anomalías, para garantizar que se cumpla con las demás obligaciones en materia de protección al consumidor y metrología legal.
  • Aplicará a las estaciones de servicio las medidas precautorias y sanciones correspondientes, como multas y clausuras, cuando se detecten y comprueben  irregularidades.

Petróleos Mexicanos

  • Establecerá las medidas necesarias para llevar a cabo de manera ágil y eficiente la firma con los expendedores de combustible del nuevo contrato de franquicia ya anunciado, entre otras cosas garantizando la cantidad y calidad de los combustibles que adquiere el público consumidor. Dicho contrato contempla un incremento en el margen comercial de los expendedores para quedar en un límite del 6%, con la posibilidad de crecer hasta un 0.5% adicional si se observan determinados requisitos de calidad vinculados a la instalación de controles volumétricos, aceptación de pagos en medios electrónicos  y estándares de calidad de servicio a sus clientes.
  • Suspenderá la entrega de combustible a los expendedores que no cumplan con los contratos establecidos.
  • Verificará que todas las estaciones de servicio cuenten con sistemas de controles volumétricos.
  • Establecerá un mecanismo de distinción en las Estaciones de Servicio que cumplan con todo lo establecido por las entidades participantes, a fin de que sean identificadas por el público consumidor.
  • Establecerá un programa que permita a las gasolineras sustituir sus actuales equipos, por dispensarios que cumplan con la certificación establecida por la Norma Oficial Mexicana aplicable.


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